El Gobierno de México reiteró este 15 de septiembre que hacer mal uso de los símbolos patrios puede acarrear a los infractores multas de hasta un millón de pesos.
A través de redes sociales, la Secretaría de Gobernación (Segob) señaló que actos como “bailar” durante la entonación del Himno Nacional es considerado “una falta de respeto”.
“Tal vez pienses que bailar con el Himno Nacional puede ser divertido, pero es una falta de respeto considerada por la ley y podrías enfrentar sanciones”, advirtieron.
¿Qué se considera infracción contra los símbolos patrios?
El uso, características y difusión de los símbolos patrios del país está regulado a través de la Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales publicada originalmente el 8 de febrero de 1984.
En ella se establecen las siguientes acciones consideradas como infracciones a la ley:
Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas.
Utilizar el escudo nacional sin autorización.
Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
Portar la banda presidencial.
Alterar la letra o música del Himno Nacional ya sea con composiciones o arreglos o con fines de lucro.
La Secretaría de Gobernación es la encargada de vigilar el cumplimiento de esta ley y le pueden auxiliar todas las autoridades del país.
Mientras que en los planteles educativos serán las autoridades educativas las que estén a cargo de su ejecución.